Primer estado que tipifica la violencia vicaria en México la CNDH analiza 150 casos: Zacatecas

Zacatecas es el primer estado del país que aprueba la tipificación de la violencia vicaria como parte de su Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como de sus códigos locales familiar y penal.

La iniciativa, aprobada por el Congreso local el 31 de marzo, la define como “cualquier acto u omisión, por parte de la pareja o expareja sentimental de una mujer que inflija a personas con las que esta tenga lazos de parentesco civil, por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, un daño, menoscabo o sufrimiento de cualquier naturaleza con el propósito de causar perjuicio o daño psicológico, patrimonial, físico o de cualquier otra índole a la mujer”.

El documento, presentado por la diputada local Maribel Galván Jiménez, describe que ese tipo de violencia se desplaza a todos aquellos por quienes la mujer siente cariño, por lo que “no solo se busca dañar a los hijos, sino también a familiares, amigos o incluso hasta las mascotas”. Las comisiones unidas de Justicia, Igualdad de Género y Niñez, Juventud y Familia del Congreso de Zacatecas consideraron que dentro de la legislación estatal debe definirse este tipo específico de violencia.

Además, describe que, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), en 2021 Zacatecas tuvo la segunda tasa más alta a nivel nacional de homicidios dolosos contra mujeres, solo por debajo de Baja California, con una cifra de 14.76 víctimas por cada 100 mil, superior a la tasa nacional. El estado fue también donde el delito de extorsión tuvo como víctimas en la mayoría de los casos a mujeres: 22.96 por cada 100 mil. Otros estados que ya cuentan con iniciativas formales, consigna el documento, son Estado de México, Tabasco y Puebla.

“He acompañado a cualquier cantidad de mujeres víctimas de violencia, y me he enfrentado a casos aterradores en los que ellas no pueden denunciar directamente la violencia porque no la han recibido de esa manera: la violencia la viven, la sufren a través de sus seres más amados, que normalmente son los hijos”, comenta Galván Jiménez en entrevista.

Con base en los estudios y la definición acuñados por la argentina Sonia Vaccaro y los antecedentes de reforma legal en España, la tipificación de la violencia vicaria en Zacatecas se añadió a los diversos tipos de violencia que ya contempla la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, como la patrimonial, sexual, emocional y contra los derechos reproductivos.

“Aparejado a ello, se establece un componente más en la legislación familiar y en la legislación penal, de manera que al describir la conducta típica específicamente en normas que la prohíben, después los responsables de su aplicación puedan perfectamente sancionarla, y prevenir y erradicar este tipo de violencia en el entorno local”, explica Galván Jiménez.